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Gobierno oficializa Declaratoria de Situación de Desastre de carácter nacional

El Decreto 2113 de 2022, firmado por el Presidente Gustavo Petro, señala que “se considera conveniente y oportuno acoger la recomendación del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo, a fin de conjurar la Situación de Desastre por la temporada de lluvias asociada al Fenómeno de La Niña y el derivado incremento de la crisis alimentaria e iniciar el proceso de recuperación temprana de los efectos causados”.

El Gobierno Nacional oficializó, por medio del Decreto 2113 de 2022, la Declaratoria de Situación de Desastre de carácter nacional en todo el territorio colombiano el término de doce meses, para atender los daños ocasionados por la temporada de lluvias.

La medida, firmada por el Presidente Gustavo Petro, señala que “se considera conveniente y oportuno acoger la recomendación del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo, a fin de conjurar la Situación de Desastre por la temporada de lluvias asociada al Fenómeno de La Niña y el derivado incremento de la crisis alimentaria e iniciar el proceso de recuperación temprana de los efectos causados y de las condiciones de vida digna de la población”.

El Decreto señala que de acuerdo con la información emitida por del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM), el Fenómeno de La Niña se inició el 1° de agosto de 2021, y se prevé que las condiciones continúan durante diciembre 2022-febrero 2023 con un 75% de probabilidad, y disminuirán a un 54% durante febrero-abril 2023”.

Estragos por Fenómeno de la Niña

Según el Decreto, en el país “se evidencian efectos asociados a excesos de precipitación, particularmente en amplios sectores de las regiones Andina, Caribe y Pacífica, así como en zonas de los piedemontes, lo que sugiere una mayor propensión a eventos tales como inundaciones, deslizamientos de tierra, avenidas torrenciales, crecientes súbitos, vendavales y tormentas eléctricas”.

Añade que, también de acuerdo con información emitida por el IDEAM el pasado 28 de octubre, “se registran niveles de amenaza moderada y alta a muy alta por probabilidad de inundaciones y crecientes súbitas en 22 departamentos del país, así como por probabilidad alta por deslizamientos de tierra en 519 municipios del país ubicados en 24 departamentos”.

De acuerdo con el documento ‘Consolidado de Emergencia Fenómeno de la Niña, 1° de agosto de 2021 a 28 octubre de 2022’, de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), en dicho período se reportaron 3.569 eventos de emergencia, en 864 municipios de 32 departamentos, con afectaciones a 645.930 personas, 196.109 familias, 45 desaparecidos, 266 personas fallecidas y se ha reportado 5.207 viviendas destruidas y 106.574 viviendas afectadas;

También se refiere a los estragos causados por la tormenta tropical y posterior huracán Julia, entre el 6 y el 8 de octubre pasado, en 7 municipios del departamento de La Guajira, dejando afectadas 9.819 familias, que corresponden a 48.387 personas y 174 viviendas destruidas; así como en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, donde dejó 506 familias afectadas, que corresponden a 1.796 personas, 504 viviendas averiadas y 2 destruidas.

Para la declaratoria, el Gobierno tuvo en cuenta que entre el 1° agosto de 2021 y el 28 de octubre de 2022′, 21 departamentos (65.6%) y 390 municipios (34.8%) han recurrido a la Declaratoria de Situación de Calamidad Pública.

Por otra parte, de acuerdo con el Sistema de Información del Instituto Nacional de Vías, en lo que va corrido de la vigencia 2022, se han presentado 1.130 emergencias en la red vial nacional en 27 departamentos, así como afectaciones a 39 puentes de la red vial nacional en 13 departamentos.

Medidas adoptadas

La Declaratoria de Situación de Desastre establece que “mientras esté vigente la situación, y previa evaluación de daños y análisis de necesidades que adelante el respectivo municipio y con observancia del Plan de Acción Específico, las obras de reconstrucción de viviendas, equipamiento, y establecimientos de comercio, o infraestructura agropecuaria que hayan sido afectadas en virtud de los hechos que motivan la presente declaración de desastre, no requerirán la expedición de licencias urbanísticas”.

Durante dicho período, el Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres podrá transferir recursos al Fondo para el Acceso a los Insumos Agropecuarios, con el propósito específico de recuperar y reducir las condiciones de vulnerabilidad de los productores de alimentos; y a las entidades o autoridades competentes para brindar, en el marco de la situación de desastre nacional, la ampliación de cobertura en el Programa de Alimentación Escolar, madres cabeza de familia y adultos mayores, y la población vulnerable en general.

Mientras tanto, UNGRD desarrollará un Plan de Acción Específico para la rehabilitación y reconstrucción de las áreas afectadas.

El Decreto establece, igualmente, que el Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y demás entidades competentes, “realizará todas las gestiones pertinentes para la consecución de recursos suficientes y necesarios para que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres cuente con los recursos suficientes que permitan asegurar de manera inmediata el apoyo a las entidades nacionales y territoriales para hacer frente a la situación de desastre”.

Finalmente, expresa que, “de ser necesario, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores, se realizará el llamamiento internacional con el fin de solicitar el apoyo que se requiera para la atención del desastre declarado”.

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