Santa Marta

Secretaría de Educación Distrital solicita a la Procuraduría aclarar información errónea sobre nombramiento de educadores

Ante la Procuraduría Provincial de Instrucción de Santa Marta, el secretario de Educación Distrital, Antonio Peralta Silvera, solicitó la aclaración sobre el oficio No. 800 con radicado NRO. IUS-E-2023-266207-IUC-D-2023-2942127 EXP. 373 y el boletín denominado “Procuraduría indaga por presuntas irregularidades en nombramiento de docentes en Santa Marta”.   

En el oficio se solicita la lista de los docentes elegibles, que fueron nombrados para las instituciones rurales de la Sierra Nevada de Santa Marta, como resultado de la convocatoria adelantada para cubrir la vacantes existentes y copia de los nombramientos efectuados, sobre lo cual el Secretario de Educación aclara que “no existe lista de docentes elegibles, toda vez que el proceso de vinculación de los docentes etnoeducadores que hace alusión, se realizaron teniendo en cuenta la normatividad vigente y la línea jurisprudencial de la Honorable Corte Constitucional”.  

Se aclara que “la designación de este personal se hace acatando lo establecido en el artículo 62 de la Ley 115 de 1994, esto es una selección concertada entre las autoridades competentes y los grupos étnicos, una preferencia de los miembros de las comunidades que se encuentran radicados en ellas, acreditación de formación en etnoeducación y conocimientos básicos del respectivo grupo étnico, especialmente de la lengua materna, además del castellano”.   

Agrega que “una vez se presente y acredite el cumplimiento de los requisitos antes mencionados, la comunidad indígena y los docentes tienen el derecho a que se proceda al nombramiento en propiedad”.  

El Secretario indica que “los nombramientos de varias instituciones etnoeducativas se da con la solicitud que presenta la Asociación de Autoridades Tradicional Indígena Kogui del Magdalena Muñkuawinmaku del Resguardo Kogui Malayo Arahuaco a través de acta de asamblea general y una extraordinaria, donde de manera concertada se seleccionaron un total de 61 docentes etnoeducadores. Posteriormente, mediante el Decreto Distrital No. 011 del 27 de enero 2022, fueron nombrados en propiedad, esto en cumplimiento de las sentencias T-871 de 2013, C-203 de 2007 y del Decreto 1335 de 2015”.  

Con relación al boletín 603-2023 del 9 de mayo de 2023 denominado “Procuraduría indaga por presuntas irregularidades en nombramiento de docentes en Santa Marta”, se precisa que “es evidente que en la Secretaría de Educación Distrital, no existe ningún docente vinculado con la figura de contrato de prestación de servicios, toda vez que esta los nombramientos de los docentes se han realizado de acuerdo con las normas establecidas en la Ley 715 de 2001 y el Decreto 1278 de 2002, que regulan el Régimen de Carrera Docente en el país y el Decreto 1335 de 2015, que regula los nombramientos de los docentes etnoeducadores”.   

Además, se solicita, de manera respetuosa, que “la Procuraduría aclare la información errónea puesto que en la Secretaría de Educación Distrital de Santa Marta, no existe un docente vinculado a esta Entidad bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios y que no existió concurso de mérito para los nombramientos de los docentes etnoeducadores, con el fin de corregir información errónea y no generar confusión a la opinión pública”.  

Desde la Secretaría de Educación Distrital se reitera el compromiso con la transparencia, acceso a la información y la atención a los requerimientos de los entes de control, por lo que se solicita la aclaración para las situaciones que generan confusiones. 

 

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