Personería de Santa Marta coadyuva acción popular para ampliar aplicación de vacuna contra el dengue a niños y niñas entre 6 y 16 años
La Personería Distrital de Santa Marta, en cabeza de Edwar Fernando Orozco Oñate, en concordancia con su mandato constitucional en defensa de los derechos colectivos, participa como coadyuvante dentro de la acción popular promovida por el ciudadano Andrés Eduardo Dewdney Montero, quien presentó formalmente una medida cautelar ante el Tribunal Administrativo del Atlántico, en la que pide, ampliar la cobertura de la vacuna contra el dengue a niños y niñas entre 6 y 16 años.
La actuación cuenta además con el acompañamiento de la Personería Distrital de Barranquilla, representada por Miguel Ángel Alzate Salcedo y tiene como objetivo principal que se ordene al Ministerio de Salud y Protección Social, transparencia en el cronograma y acceso equitativo a la vacuna contra el dengue conforme a estándares científicos y recomendaciones internacionales.
La solicitud se sustenta en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que priorizan la vacunación en ese grupo etario en zonas de alta transmisión, así como en los estándares técnicos del Comité Nacional de Prácticas de Inmunización (CNPI).
Según los peticionarios, limitar la vacunación exclusivamente a menores de 9 años genera una exclusión que puede afectar el principio de igualdad y comprometer la protección integral de la niñez.
Además de la ampliación del rango de edad, se solicitó que el Ministerio implemente, en el menor tiempo posible, un plan detallado y transparente para la inclusión escalonada de la vacuna en el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI).
Entre las medidas solicitadas al alto tribunal se encuentran:
-Que el Minsalud emita en un plazo no superior a 15 días hábiles, una circular oficial a nivel nacional con un cronograma claro y detallado de implementación de la vacunación.
-Precisar los criterios de priorización y los municipios inicialmente beneficiados.
-Garantizar la disponibilidad gratuita de la vacuna para la población vulnerable.
-Establecer mecanismos de acceso y compra para quienes no estén inicialmente priorizados en el PAI.
Igualmente, se solicitó que, en un término máximo de 20 días hábiles, el Ministerio socialice el cronograma y las directrices con la Superintendencia Nacional de Salud y las Secretarías de Salud departamentales y distritales, con el fin de asegurar una ejecución efectiva y equitativa en todo el territorio nacional.
La Personería de Santa Marta reitera que su intervención está orientada a garantizar la protección de los derechos colectivos a la seguridad y salubridad públicas, especialmente de los niños, niñas y adolescentes, así como el acceso eficiente y oportuno a los servicios de salud.



