Sala de Casación Penal dejó en firme condena contra procesados por irregularidades con recursos de Agro Ingreso Seguro

Por decisión de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, quedó en firme la condena contra Alfonso Dávila Abondano y Juan Carlos Dávila Abondano por el delito de peculado por apropiación, agravado y tentado.
Los procesados realizaron maniobras como suscribir contratos de arrendamiento ficticios y el fraccionamiento de predios para lograr ser beneficiarios de subsidios del programa Agro Ingreso Seguro previsto para apoyar pequeños o medianos productores.
Ellos suscribieron un preacuerdo con la Fiscalía y un juez de Bogotá impartió legalidad a esa negociación y los condenó, pero en calidad de intervinientes y no como coautores. Además, les impuso la sanción accesoria de inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas de carácter atemporal.
La decisión fue apelada y el Tribunal Superior de Bogotá, revocó parcialmente el fallo y eliminó la sanción accesoria de inhabilidad para el ejercicio de funciones públicas de carácter atemporal.
El caso llegó a la Sala Penal que, al resolver el recurso extraordinario de casación, no accedió a las peticiones de la defensa y dejó en firme la decisión de segunda instancia.
La Sala consideró que los procesados suscribieron el preacuerdo con la Fiscalía de forma libre, consciente y voluntaria y estando debidamente asesorados por un abogado y que pretender que se habilite una nueva oportunidad en la que ellos se desdigan del preacuerdo celebrado es inadmisible en cualquier fase posterior a su legalización.
Añadió que los procesados finalmente no lograron apropiarse de los recursos públicos que pretendían, pero fue por “razones ajenas a su voluntad, esto es, porque un tercero intervino y se generó una controversia mediática que implicó exponer lo que estaba sucediendo en el marco del programa Agro Ingreso Seguro”.
Igualmente, señaló que los procesados con sus actuaciones, al presentar dos proyectos para recibir subsidios, pusieron en peligro recursos de la administración pública en dos ocasiones y, por tanto, se debe hablar de dos delitos tentados y el correspondiente agravante de la pena por la cuantía de esos recursos.
Ver la sentencia: https://acortar.link/bhB3Ez